Se informa que el pleno del Congreso de la República del Perú, no ha logrado llegar a un buen acuerdo con respecto al texto sustitutorio de los proyectos de ley 6826 y otros que proponen un nuevo régimen laboral agrario.

“El texto debatido no se aprobó al alcanzar 46 votos en abstención frente a 25 a favor y 43 en contra, tras varios cuartos intermedios, procesos de consulta e intentos de consenso entre las diversas propuestas de las bancadas. La presidenta del Poder Legislativo, Mirtha Vásquez, señaló que al ser mayoría los votos en abstención, no se alcanzó ningún acuerdo sobre el texto sustitutorio y este quedó sin resolver “, informó el Diario Oficial El peruano.


Cuestión previa
Luego de la votación, el legislador y presidente de la Comisión de Economía, Anthony Novoa, presentó una cuestión previa para que regresen a comisión el proyecto de ley 6826 y otros que proponen el régimen laboral agrario. El pedido fue aprobado con 56 votos a favor, 46 en contra y nueve abstenciones, y desde el grupo de trabajo parlamentario anunciaron que emitirán un nuevo texto en el plazo de siete días, precisó El Peruano.

Durante el debate parlamentario, las discrepancias surgieron básicamente en aspectos vinculados con el sueldo de los trabajadores, a determinados beneficios laborales, generación de sobrecostos, la prolongación de incentivos de los agroexportadores, la no diferenciación del impacto de las medidas sin tener en cuenta el tamaño de las empresas, la no inclusión a otros sectores de agroexportadores, entre otros. El tercer texto sustitutorio, sustentado por el presidente de la Comisión de Trabajo, Daniel Oseda Yucra (Frepap), no satisfizo a los parlamentarios de los once bloques legislativos. El documento planteaba que la jornada laboral ordinaria no debía exceder de ocho horas por día o de 48 horas por semana. Empero, proponía que se podía establecer por ley, convenio o decisión unilateral del empleador una jornada inferior a las máximas ordinarias, sin afectar la remuneración diaria.

Asimismo, que a la remuneración mínima vital (RMV) se le sumaba el bono especial por trabajo agrario, equivalente al 50% de la RMV, bonificación sin carácter remunerativo. También una CTS equivalente a 9.72% y gratificaciones a 16.66% de la RMV.

Fuente: Diario Oficial El Peruano

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