“El tráfico de vida silvestre es uno de los cuatro comercios ilegales más lucrativos del mundo, después del narcotráfico, el tráfico de personas y de productos falsificados.”

Gracias al trabajo articulado del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI) y de la Policía Nacional de Perú (PNP) se logró intervenir un depósito ilegal de animales silvestres ubicado en el Cercado de Lima.


El inmueble tenía jaulas con animales silvestres y domésticos hacinados, estresados, sin alimentos y en las peores condiciones sanitarias. En la intervención se decomisaron, 15 botones del norte (Sporophila sp); 01 loro mejilla amarilla (Amazona amazonica); 06 loros frente roja (Psittacara waglen); 08 loros cabeza roja (Psittacara erythrogenys), 01 botón de oro (Sicalis flaveola), 03 periquitos (Forpus coelestis) y 02 tortugas (Chelonoidis denticulata).

Los especialistas de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Lima del SERFOR, evaluaron la condición física de los animales silvestres y los reubicaron en un centro de cría para que reciban los cuidados necesarios.

Por otro lado, la ATFFS Lima constató que el responsable no contaba con los permisos de tenencia e inició un Proceso Administrativo Sancionador (PAS). Según los indicios se trataría de un abastecedor de animales silvestres a los mercados aledaños.

Debido a la pandemia los comercializadores ilegales utilizan otras modalidades para vender animales silvestres a través de las redes sociales. El SERFOR, la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público coordinan acciones para contrarrestar esta problemática.


La Ley Forestal y de Fauna Silvestre N° 29763, establece como una infracción muy grave el comercio, transporte y tenencia de productos o sub productos de fauna silvestre, sin contar con los documentos que amparen su procedencia legal y sanciona este hecho con multas que fluctúan entre 0,1 y 5000 UIT las que son determinadas según los criterios de gradualidad.

Asimismo, según el código penal estas actividades ilegales son consideradas un delito contra los Recursos Naturales, siendo reprimido con pena privativa de libertad de 3 a 5 años.

Fuente: SERFOR

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“Cuidando nuestro medio ambiente y la vida”