Serfor informó que el cargamento no contaba con documentación que acredite su procedencia legal; y que las entidades supervisoras verificaron excesos en las cantidades declaradas y también inconsistencias en la documentación presentada.
El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) y la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) efectuaron una acción de control en conjunto que determinó la inmovilización de 66.809 toneladas de polvo de tara contenidos en 2674 sacos que se encontraban en el depósito autorizado ubicado en el Callao, cuyo destino era el mercado asiático.
El personal de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Lima del SERFOR y la Intendencia de Aduanas Marítimas verificaron excesos en las cantidades declaradas y también inconsistencias en la documentación presentada.
Cabe destacar que el cargamento total era de 200 toneladas de polvo de tara, del cual más de 66 toneladas fueron retenidas.
La tara (Caesalpinia spinosa) es una planta nativa del Perú que crece en los ecosistemas costeros e interandinos. Es procesada en polvo para ser usada en la industria textil, alimentaria, cosmética y farmacéutica.
La Ley Forestal y de Fauna Silvestre, Ley 29763 establece como infracción muy grave el comercio, transporte, transformación y tenencia de productos o sub productos forestales, sin contar con los documentos que amparen su procedencia legal y sanciona este hecho con multas que fluctúan entre 0,1 y 5000 UIT, de acuerdo a los criterios de gradualidad.
Fuente: Serfor Perú.
Informa Revista Digital Naturaleza Interior
“Cuidando nuestro medio ambiente y la vida”